Todos aquellos que por sus características y composición puedan causar algún tipo de daño a la salud pública y al ambiente si no son tratados con la tecnología adecuada como ser:
- Residuos del TIPO II según tipificación de la Ley 3361/07 y su reglamentación
- Residuos del TIPO III según tipificación de la Ley 3361/07 y su reglamentación
- Residuos del TIPO IV según tipificación de la Ley 3361/07 y su reglamentación
- Residuos del TIPO V según tipificación de la Ley 3361/07 y su reglamentación
- Pilas y baterías en desuso
- Residuos Electrónicos como centralitas, fax, celulares, equipos de informática en gral.
- Residuos de la industria grafica en general
- Tóner cartuchos – tintas
- Cubiertas usadas
- Aceites y emulsiones de grasa
- Semillas tratadas y agroquímicos
- Mercaderías de consumo vencidas, averiadas, etc.
- Productos domisanitarios
- Droga y todo tipo de mercadería incautada
- Medicamentos de todo tipo
- Residuos de la producción de Medicamentos
- Barros y lodos contaminados de lavaderos y estaciones de servicio
- Arena y aserrín contaminados
- Documentos obsoletos
- EPis usados contaminados
- Residuos de curtiembres.
- Productos cosméticos y de aseo personal.
- Alimentos para animales vencidos.
- Productos veterinarios.
- Productos cosméticos y de cuidado de la piel
- Pañales desechables
- Carne incautada o vencida no apta para el consumo
- Residuos de terminales portuarias
- Desechos de vidrio (parabrisas, etc.).
- Tubos Fluorescentes
- Tubos fluorescentes
- Otros residuos